Gratificación CAS en julio 2026: qué establece la Ley N.º 32563 y por qué el pago sigue en debate

Autor: Asesores Contables A&M

Publicado el: julio 10, 2026

La gratificación CAS en julio 2026 continúa generando expectativa entre miles de trabajadores del sector público. Aunque la Ley N.º 32563 reconoce este beneficio para quienes laboran bajo el régimen del Contrato Administrativo de Servicios, todavía existen dudas sobre la forma en que se financiará y ejecutará el primer pago.

La norma fue promulgada el 23 de marzo de 2026 y modificó el Decreto Legislativo N.º 1057. Desde entonces, los trabajadores CAS tienen reconocido el derecho a recibir gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad, además de la Compensación por Tiempo de Servicios.

Sin embargo, al 10 de julio de 2026, el debate sobre su implementación presupuestaria todavía no había concluido.

¿Qué establece la Ley N.º 32563 sobre la gratificación CAS en julio 2026?

La Ley N.º 32563 reconoce nuevos beneficios laborales para los servidores contratados bajo el régimen CAS.

Entre sus principales disposiciones se encuentran:

  • Una gratificación por Fiestas Patrias.
  • Una gratificación por Navidad.
  • Cada gratificación debe equivaler a una remuneración mensual.
  • El reconocimiento de la Compensación por Tiempo de Servicios.
  • La CTS se calcula tomando como base el 100 % de la remuneración mensual por cada año de servicios.

A diferencia de la CTS del régimen laboral privado, el beneficio correspondiente a los trabajadores CAS tiene carácter cancelatorio. Esto significa que se hace efectivo cuando culmina el vínculo laboral entre el servidor y la entidad pública.

¿Cuánto corresponde por la gratificación CAS en julio 2026?

De acuerdo con el texto vigente de la Ley N.º 32563, cada gratificación para los trabajadores CAS equivale a una remuneración mensual.

Por lo tanto, mientras no se apruebe una norma que modifique ese contenido, el derecho reconocido legalmente corresponde al 100 % de la remuneración mensual del trabajador. Incluso una publicación jurídica de El Peruano del 7 de julio de 2026 señaló que la gratificación por Fiestas Patrias para los trabajadores CAS equivale al 100 % de su remuneración.

No obstante, una cosa es el derecho reconocido por la ley y otra es el procedimiento presupuestario que permitirá realizar el depósito. Precisamente, este último punto es el que continúa generando controversia.

¿Por qué sigue en debate el pago de la gratificación para trabajadores CAS?

La Ley N.º 32563 dispone que las entidades públicas deben financiar las gratificaciones y la CTS con cargo a sus propios presupuestos institucionales, sin solicitar recursos adicionales al Tesoro Público.

Para efectuar determinadas modificaciones presupuestarias, las entidades también necesitan la opinión favorable de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas.

Debido al impacto económico de la medida, el MEF planteó una implementación progresiva. La propuesta consideraba pagar en 2026 el 10 % de la remuneración, con un monto mínimo de S/300, y aumentar gradualmente el porcentaje hasta alcanzar el 100 % en 2030.

Sin embargo, esta fórmula fue retirada del proyecto de crédito suplementario debido a la falta de consenso en el Congreso. Por ese motivo, el monto y el mecanismo definitivo del primer pago continuaron pendientes de una nueva discusión.

¿Cómo se financiará la gratificación CAS en julio 2026?

La Comisión Permanente tenía previsto debatir una nueva fórmula para implementar el beneficio el 9 de julio de 2026.

No obstante, la discusión fue aplazada hasta el lunes 13 de julio. El presidente de la Comisión de Presupuesto manifestó que se buscaría una alternativa para evitar que los trabajadores CAS se queden sin gratificación, pero hasta el cierre de esta actualización no se había aprobado el mecanismo definitivo.

Por esa razón, todavía no corresponde afirmar que todos los trabajadores CAS recibirán automáticamente una remuneración completa en una misma fecha.

¿Qué pasará con el aguinaldo de S/300?

Antes de la aprobación de la Ley N.º 32563, los trabajadores CAS se encontraban comprendidos en el pago del aguinaldo de S/300 otorgado a determinados servidores públicos por Fiestas Patrias.

Sin embargo, el Decreto Supremo N.º 128-2026-EF, publicado el 8 de julio de 2026, reglamentó el aguinaldo por Fiestas Patrias del ejercicio 2026. La falta de una definición simultánea sobre la gratificación CAS incrementó la preocupación de los trabajadores, quienes podrían depender de la aprobación del mecanismo específico para acceder al nuevo beneficio.

Este punto también deberá ser aclarado mediante disposiciones oficiales, autorizaciones presupuestarias o comunicaciones de cada entidad.

¿Todos los trabajadores CAS recibirán el mismo monto?

La Ley N.º 32563 reconoce una gratificación equivalente a una remuneración mensual. Sin embargo, todavía deben aclararse aspectos operativos como el periodo computable, la proporcionalidad aplicable y el tratamiento de quienes ingresaron o dejaron de laborar durante el primer semestre de 2026.

Además, la ejecución presupuestaria puede variar entre entidades. Algunas instituciones podrían contar con recursos disponibles, mientras que otras necesitarían realizar modificaciones presupuestarias y obtener previamente la opinión favorable del MEF.

Por ello, los trabajadores deben revisar los comunicados de la oficina de Recursos Humanos de su entidad y no asumir que todas las instituciones efectuarán el pago en la misma fecha.

¿Qué deben hacer los trabajadores CAS?

Los servidores comprendidos en este régimen pueden tomar las siguientes precauciones:

  1. Revisar los comunicados oficiales de su entidad.
  2. Consultar directamente con Recursos Humanos o Administración.
  3. Solicitar información escrita sobre la aplicación de la Ley N.º 32563.
  4. Conservar sus contratos, adendas, boletas de pago y documentos laborales.
  5. Verificar las nuevas normas que puedan publicarse durante julio.

En caso de existir una controversia individual, resulta recomendable solicitar orientación laboral especializada antes de iniciar un procedimiento administrativo o judicial.

Gratificación CAS y CTS: ¿son el mismo beneficio?

No. La gratificación y la CTS son beneficios diferentes.

La gratificación debe otorgarse por Fiestas Patrias y Navidad. Cada una equivale, según la Ley N.º 32563, a una remuneración mensual.

En cambio, la CTS se calcula sobre la base del 100 % de la remuneración mensual por cada año de servicios y se paga cuando termina el vínculo del trabajador CAS con la entidad pública.

Preguntas frecuentes sobre la gratificación CAS en julio 2026

¿La Ley N.º 32563 sobre la gratificación CAS ya está vigente?

Sí. La ley fue promulgada el 23 de marzo de 2026 y reconoce gratificaciones y CTS para los trabajadores sujetos al Decreto Legislativo N.º 1057.

¿Cuánto recibirán los trabajadores CAS por Fiestas Patrias?

El texto de la ley establece que cada gratificación equivale a una remuneración mensual. No obstante, el mecanismo presupuestario para efectuar el primer pago de julio de 2026 seguía pendiente de definición al 10 de julio.

¿Cuándo se depositará la gratificación CAS en julio 2026?

Hasta el 10 de julio de 2026 no existía una fecha uniforme y confirmada para todas las entidades públicas. El debate sobre la fórmula de implementación fue aplazado hasta el 13 de julio.

¿La CTS CAS se deposita en mayo y noviembre?

No. La Ley N.º 32563 establece que la CTS de los trabajadores CAS tiene carácter cancelatorio y se hace efectiva cuando termina el vínculo laboral con la entidad.

Conclusión

La gratificación CAS en julio 2026 es un derecho reconocido por la Ley N.º 32563. La norma establece que el beneficio equivale a una remuneración mensual y también incorpora la CTS para quienes trabajan bajo este régimen.

Sin embargo, el reconocimiento legal no ha eliminado las dificultades presupuestarias. Al 10 de julio de 2026, el Congreso y el Poder Ejecutivo todavía discutían la fórmula que permitiría financiar y ejecutar el primer pago.

Por ello, los trabajadores CAS deben mantenerse atentos a las normas que se publiquen, a las decisiones del Congreso y a los comunicados oficiales de cada entidad pública.

Fuentes: Ley N.º 32563 – Diario Oficial El Peruano; Presidencia de la República; Ministerio de Economía y Finanzas; RPP; Infobae.

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