SIRE SUNAT 2026: plazo para regularizar registros vence el 31 de agosto

Autor: Asesores Contables A&M

Publicado el: agosto 21, 2026

Los contribuyentes que tengan pendientes o necesiten realizar ajustes en sus registros electrónicos deben prestar atención al SIRE SUNAT 2026, porque el plazo otorgado para subsanar determinadas infracciones sin recibir sanciones vence el 31 de agosto de 2026.

SUNAT amplió su facultad discrecional para no sancionar administrativamente determinados incumplimientos relacionados con el Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE), siempre que el contribuyente regularice su situación dentro del plazo establecido.

Esto significa que todavía existe una oportunidad para revisar el Registro de Compras Electrónico y el Registro de Ventas e Ingresos Electrónico antes de que termine agosto.

Sin embargo, la medida no elimina las obligaciones tributarias ni constituye una condonación general de multas. El beneficio se aplica únicamente a determinados supuestos y bajo las condiciones establecidas por SUNAT.

¿Qué es el SIRE SUNAT 2026?El Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) es una plataforma de SUNAT que permite generar de manera electrónica dos registros fundamentales para las empresas:

  • Registro de Compras Electrónico (RCE).
  • Registro de Ventas e Ingresos Electrónico (RVIE).

El sistema utiliza la información contenida en los comprobantes de pago electrónicos para generar propuestas que pueden ser revisadas, complementadas o ajustadas por el contribuyente.

Una vez generados ambos registros, SUNAT puede utilizar esa información para elaborar propuestas relacionadas con las compras y ventas declaradas mensualmente.

El objetivo es facilitar el cumplimiento tributario, pero también implica que las empresas deben revisar cuidadosamente que la información registrada sea correcta.

SIRE SUNAT 2026: ¿cuál es el plazo para regularizar?

El plazo máximo es el 31 de agosto de 2026.

Mediante la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N.° 000032-2026-SUNAT/700000, SUNAT amplió la aplicación de su facultad discrecional para no sancionar determinadas infracciones relacionadas con los registros electrónicos.

La disposición establece que los contribuyentes que ya se encontraban obligados a utilizar el SIRE hasta el periodo mayo de 2026 pueden:

  • Generar registros pendientes.
  • Realizar los ajustes que correspondan.
  • Regularizar determinados incumplimientos.

Todo ello debe realizarse como máximo hasta el 31 de agosto de 2026 para acogerse a la aplicación de la facultad discrecional en los supuestos comprendidos.

Asimismo, para determinados contribuyentes cuya obligación de utilizar el SIRE empezó a partir del periodo junio de 2026, la medida alcanza las infracciones configuradas durante los periodos junio y julio de 2026.

SIRE SUNAT 2026: ¿qué infracciones no serán sancionadas?

La facultad discrecional está vinculada específicamente con las infracciones contempladas en los numerales 2 y 10 del artículo 175 del Código Tributario, en los supuestos establecidos por la resolución.

Numeral 2 del artículo 175

Está relacionado con llevar libros o registros exigidos por las normas tributarias sin observar la forma y condiciones establecidas.

Numeral 10 del artículo 175

Se configura cuando un contribuyente no registra o anota dentro de los plazos máximos de atraso determinados ingresos, ventas, bienes u operaciones en el libro o registro electrónico que está obligado a llevar, o cuando los registra por montos inferiores.

Por lo tanto, no debe interpretarse que SUNAT ha suspendido todas las multas relacionadas con libros contables.

La medida tiene un alcance específico.

SIRE SUNAT 2026: ¿SUNAT eliminó las multas?

No.

Este es uno de los puntos más importantes que deben entender las empresas.

SUNAT está aplicando su facultad discrecional para no sancionar determinados incumplimientos, pero eso no significa que las infracciones hayan sido eliminadas del Código Tributario.

Para beneficiarse de la medida, el contribuyente debe regularizar la generación de sus registros o realizar los ajustes correspondientes dentro del plazo fijado por SUNAT.

Si la empresa deja pasar el plazo sin revisar su situación, podría quedar expuesta a las consecuencias tributarias que correspondan posteriormente.

¿Qué registros debes revisar en el SIRE SUNAT 2026?

Los dos principales componentes del SIRE son:

Registro de Compras Electrónico (RCE)

Contiene la información correspondiente a las adquisiciones realizadas por la empresa.

Aquí pueden aparecer facturas, notas de crédito, notas de débito y otros documentos relacionados con las compras del negocio.

Registro de Ventas e Ingresos Electrónico (RVIE)

Recoge la información correspondiente a los comprobantes emitidos por el contribuyente y las operaciones que generan ventas o ingresos.

El SIRE utiliza información proveniente de los comprobantes electrónicos para elaborar propuestas de ambos registros.

Por ello, antes de generar definitivamente los registros, resulta importante verificar que la información sea coherente con la documentación y contabilidad de la empresa.

¿Qué debería revisar tu empresa antes del 31 de agosto?

No es recomendable limitarse a ingresar al sistema y generar los registros sin realizar previamente una revisión.

Antes del vencimiento, conviene comprobar al menos los siguientes aspectos.

1. Registros pendientes

Verifica si existen periodos en los que el Registro de Compras Electrónico o el Registro de Ventas e Ingresos todavía no hayan sido generados correctamente.

2. Diferencias en comprobantes

Compara la información propuesta por SUNAT con los documentos que realmente corresponden a las operaciones del negocio.

Una factura emitida, anulada, modificada o registrada de manera incorrecta puede generar diferencias que deben evaluarse.

3. Notas de crédito y débito

Revisa que estos documentos hayan sido considerados correctamente y se encuentren vinculados con los comprobantes correspondientes.

4. Compras que no pertenecen a la empresa

No todos los comprobantes que aparecen vinculados al RUC necesariamente deben utilizarse automáticamente como sustento tributario.

La empresa debe verificar que exista una operación real y que la adquisición corresponda efectivamente al negocio.

5. Información de ventas

Comprueba que las ventas registradas guarden relación con los comprobantes emitidos y con la información que posteriormente será utilizada para la declaración tributaria.

SIRE SUNAT 2026: no esperes al último día para realizar los ajustes

Aunque el plazo vence el 31 de agosto, dejar la revisión para el último momento puede generar problemas.

Dependiendo del volumen de operaciones, una empresa podría necesitar revisar cientos o incluso miles de comprobantes.

Además, si se detectan diferencias entre la información contable y la propuesta del SIRE, puede ser necesario identificar su origen antes de realizar un ajuste.

Por esta razón, es recomendable revisar:

  • Comprobantes emitidos.
  • Facturas recibidas.
  • Notas de crédito y débito.
  • Periodos pendientes.
  • Operaciones anuladas.
  • Ajustes realizados anteriormente.
  • Información registrada en la contabilidad.

La revisión debe hacerse antes de generar o corregir definitivamente los registros.

¿Qué contribuyentes están obligados a utilizar el SIRE?

La incorporación al sistema se ha realizado de manera gradual.

SUNAT señala que actualmente el SIRE comprende progresivamente a los contribuyentes obligados a llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras.

Entre los grupos incorporados anteriormente se encuentran contribuyentes del Régimen Especial de Renta, Régimen MYPE Tributario, Régimen General y principales contribuyentes, dependiendo del periodo en que adquirieron la obligación.

Existe, sin embargo, un grupo específico de principales contribuyentes cuya incorporación fue postergada.

¿Quiénes empezarán a utilizar el SIRE en octubre de 2026?

SUNAT postergó hasta el periodo octubre de 2026 la obligación de utilizar el SIRE para determinados principales contribuyentes.

La medida comprende a los sujetos designados como principales contribuyentes al 31 de diciembre de 2024 cuyos ingresos netos del ejercicio 2024 sean superiores a 2,300 UIT, siempre que se encuentren obligados a llevar los registros correspondientes.

Esto significa que el cronograma no es idéntico para absolutamente todos los contribuyentes.

Por ello, antes de asumir que una empresa se encuentra dentro o fuera de la obligación, debe verificarse su situación específica.

¿El SIRE reemplaza los comprobantes electrónicos?

No.

Los comprobantes de pago electrónicos y el SIRE cumplen funciones relacionadas, pero diferentes.

Las facturas, boletas, notas de crédito y otros comprobantes electrónicos sustentan las operaciones realizadas.

El SIRE, por su parte, utiliza información de esos documentos para facilitar la generación del Registro de Compras y del Registro de Ventas e Ingresos.

Desde el 1 de junio de 2026, además, SUNAT dejó de ofrecer la antigua consulta al padrón de obligados a emitir comprobantes electrónicos debido a la masificación de este sistema.

Actualmente, los nuevos contribuyentes que se inscriben en el RUC y optan por el Régimen MYPE Tributario, RER o Régimen General son designados emisores electrónicos desde la fecha de inscripción.

Por ello, la digitalización tributaria ya no se limita únicamente a emitir una factura electrónica: también alcanza la forma en que las compras y ventas son registradas y declaradas ante SUNAT.

¿Qué ocurre después del 31 de agosto?

La resolución establece expresamente el 31 de agosto de 2026 como fecha límite para realizar las regularizaciones comprendidas en esta facultad discrecional.

Por eso, las empresas que tengan periodos pendientes deberían identificar su situación antes de esa fecha.

No resulta conveniente asumir que SUNAT volverá a ampliar el plazo.

Si posteriormente se publica una nueva prórroga o medida adicional, deberá evaluarse según la norma que la establezca. Mientras tanto, la fecha oficial vigente continúa siendo el 31 de agosto de 2026.

¿Cómo evitar problemas futuros con el SIRE?

El cumplimiento no debería limitarse a regularizar registros cuando se acerca un vencimiento.

Las empresas pueden establecer un procedimiento mensual que incluya:

  1. Revisar los comprobantes electrónicos emitidos.
  2. Verificar las facturas recibidas.
  3. Conciliar la información con la contabilidad.
  4. Revisar notas de crédito y débito.
  5. Identificar diferencias antes de generar los registros.
  6. Generar oportunamente el RCE y el RVIE.
  7. Conservar el sustento de las operaciones.

La ventaja de realizar esta revisión periódicamente es que permite detectar errores cuando todavía existe tiempo suficiente para corregirlos.

SIRE SUNAT 2026: una fecha que las empresas no deberían dejar pasar

El 31 de agosto de 2026 representa una fecha importante para los contribuyentes que tengan pendientes vinculados al Sistema Integrado de Registros Electrónicos.

SUNAT ha otorgado la posibilidad de regularizar determinados incumplimientos sin aplicar las sanciones administrativas comprendidas en su facultad discrecional, pero esta medida exige que la subsanación se realice dentro del plazo establecido.

Por ello, este es un buen momento para revisar si el Registro de Compras y el Registro de Ventas e Ingresos de tu empresa se encuentran correctamente generados.

¿Tu empresa tiene registros pendientes en el SIRE?

En A&M Asesores Contables podemos ayudarte a revisar la información registrada en el SIRE, identificar periodos pendientes y verificar posibles diferencias antes del vencimiento.

No esperes al 31 de agosto para detectar un error. Contáctanos y revisemos a tiempo la situación tributaria de tu empresa.

Fuentes

  • SUNAT, Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N.° 000032-2026-SUNAT/700000.
  • SUNAT, información oficial sobre la ampliación de la facultad discrecional para infracciones relacionadas con el SIRE.
  • SUNAT, información oficial sobre el Sistema Integrado de Registros Electrónicos.
  • Código Tributario, artículo 175, numerales 2 y 10.
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