Código de Producto SUNAT: nuevos cambios desde agosto de 2026 que podrían generar el rechazo de comprobantes electrónicos

Autor: Asesores Contables A&M

Publicado el: julio 7, 2026

Desde el 1 de agosto de 2026, las empresas deberán prestar especial atención al uso del Código de Producto SUNAT en sus comprobantes de pago electrónicos. Esta actualización está relacionada con las nuevas reglas de validación aplicables al Catálogo N.° 25, el cual incorpora tres anexos importantes: 25.1, 25.2 y 25.3.

Este cambio es relevante porque puede afectar directamente la emisión de facturas, boletas, notas de crédito y notas de débito electrónicas. Si una empresa comercializa bienes o servicios incluidos en estos anexos y no consigna correctamente el código correspondiente, el comprobante electrónico podría ser rechazado por el sistema de validación.

Por ello, las empresas deben revisar con anticipación su catálogo interno de productos y servicios, especialmente si realizan operaciones vinculadas con bienes sujetos a detracción, bienes sujetos a percepción, combustibles, oro, explosivos, insumos químicos, maquinarias, equipos o servicios relacionados con minería y construcción.

¿Qué es el Código de Producto SUNAT?

El Código de Producto SUNAT es un identificador que permite clasificar los bienes o servicios consignados en un comprobante electrónico. Este código se basa en el estándar internacional UNSPSC, utilizado para organizar productos y servicios de manera uniforme.

En la práctica, este código ayuda a SUNAT a identificar con mayor precisión qué se está vendiendo, validar la información enviada en los comprobantes electrónicos y estandarizar las operaciones declaradas por los contribuyentes.

En los comprobantes electrónicos bajo el estándar UBL 2.1, los productos pueden identificarse mediante el Código de Producto SUNAT o el Código GS1, según corresponda.

Código de Producto SUNAT: ¿qué cambia desde el 1 de agosto de 2026?

A partir del 1 de agosto de 2026, entrarán en vigencia nuevas reglas de validación vinculadas al Catálogo N.° 25 – Código de Producto SUNAT. Esta actualización incorpora tres anexos que agrupan determinados bienes y servicios que deberán ser identificados correctamente al momento de emitir comprobantes electrónicos.

Cuadro 1: Nuevos anexos del Catálogo N.° 25

Anexo Tipo de bienes o servicios ¿Qué incluye principalmente? ¿Por qué debe revisarse?
Anexo 25.1 Bienes y servicios específicos Oro, explosivos, insumos químicos, combustibles, maquinaria, equipos y servicios vinculados a minería, construcción y procesos metalúrgicos. Porque estos bienes y servicios tendrán códigos específicos que deberán consignarse correctamente en el comprobante electrónico.
Anexo 25.2 Bienes sujetos a detracción Harina y pellets de pescado, minerales metálicos no auríferos, plomo, piedra, arena, madera, chatarra, carnes, recursos hidrobiológicos, aceite de pescado, caña de azúcar, páprika, leche cruda, maíz amarillo, entre otros. Porque están vinculados al sistema de detracciones y requieren una identificación correcta en la emisión electrónica.
Anexo 25.3 Bienes sujetos a percepción Dióxido de carbono, productos PET, kerosene, combustible para aviación, combustible marino, GLP, envases de vidrio, tapas, cerveza, agua, harina de trigo y trigo. Porque corresponden a bienes sujetos al régimen de percepciones y su codificación incorrecta puede generar observaciones o rechazo.

¿Por qué es importante actualizar el Código de Producto SUNAT?

La correcta asignación del Código de Producto SUNAT será fundamental para evitar rechazos en la emisión de comprobantes electrónicos.

Si el bien o servicio vendido se encuentra dentro de los anexos actualizados y el código no coincide con la operación, el comprobante podría no ser aceptado por el sistema de validación. Esto puede generar retrasos en la facturación, problemas administrativos y dificultades para sustentar operaciones comerciales o tributarias.

Un comprobante electrónico rechazado no cumple adecuadamente su finalidad tributaria. Por eso, esta actualización no debe ser vista solo como un cambio técnico, sino como una medida que puede impactar en la continuidad operativa de la empresa.

Cuadro 2: Anexo 25.1 – Bienes y servicios específicos

N.° Grupo Código de Producto SUNAT Descripción del producto o servicio Partidas arancelarias referenciales
1 Oro 11101616 Mineral de oro 2616.90.10.00
2 Oro 11101801 Oro 2843.30.00.00, 2843.90.00.00, 7108.11.00.00, 7108.12.00.00, 7108.13.00.00, 7108.20.00.00 y 7112.91.00.00
3 Explosivos 12131500 Explosivos 3601.00.00.00 y 2904.20.20.00
4 Explosivos 12131501 Dinamita 3602.00.11.00
5 Explosivos 12131502 Cartuchos explosivos 3602.00.90.00
6 Explosivos 12131503 Explosivos propelentes
7 Explosivos 12131504 Cargas explosivas
8 Explosivos 12131505 Explosivos plásticos
9 Explosivos 12131506 Explosivos aluminizados
10 Explosivos 12131508 Explosivos de polvo de nitroglicerina
11 Explosivos 12131509 Nitrato de amonio y fuel oil 3602.00.20.10
12 Explosivos 12131507 Explosivos de nitrato de amonio 3602.00.20.90
13 Insumos químicos 12141726 Mercurio Hg 2805.40.00.00
14 Insumos químicos 12352117 Cianuros o isocianuros 2837.11.10.00 y 2811.12.00.00
15 Combustibles 15100000 Otros combustibles
16 Combustibles 15101505 Combustible diésel
17 Combustibles 15101506 Gasolina
18 Maquinarias y equipos 20101504 Cortadores de roca 8430.39.00.00
19 Maquinarias y equipos 20101600 Cribas y equipos de alimentación 8474.10.20.00 y 8474.10.90.00
20 Maquinarias y equipos 20111601 Maquinaria de sondeo o de perforación 8430.41.00.00 y 8430.49.00.00
21 Maquinarias y equipos 20111607 Maquinaria para hacer túneles 8430.31.00.00
22 Maquinarias y equipos 22101501 Cargadores frontales 8429.51.00.00 y 8429.52.00.00
23 Maquinarias y equipos 22101502 Niveladoras 8429.20.00.00 y 8429.52.00.00
24 Maquinarias y equipos 22101505 Aplanadoras 8429.40.00.00 y 8429.52.00.00
25 Maquinarias y equipos 22101509 Retroexcavadoras 8429.59.00.00 y 8429.52.00.00
26 Maquinarias y equipos 22101511 Compactadores 8429.40.00.00 y 8429.52.00.00
27 Maquinarias y equipos 22101513 Dragalíneas 8905.10.00.00 y 8429.52.00.00
28 Maquinarias y equipos 22101514 Dragas 8905.10.00.00 y 8429.52.00.00
29 Maquinarias y equipos 22101516 Excavadoras de fosos 8429.52.00.00 y 8429.59.00.00
30 Maquinarias y equipos 22101518 Raspadores elevadores 8429.30.00.00 y 8429.52.00.00
31 Maquinarias y equipos 22101519 Máquina giratoria con cazoleta de rastrillos abiertas 8429.30.00.00 y 8429.52.00.00
32 Maquinarias y equipos 22101520 Máquina giratoria con rastrillos elevadores 8429.30.00.00 y 8429.52.00.00
33 Maquinarias y equipos 22101521 Rastrilladora arrastrada 8429.30.00.00 y 8429.52.00.00
34 Maquinarias y equipos 22101522 Buldóceres de orugas 8429.11.00.00 y 8429.52.00.00
35 Maquinarias y equipos 22101523 Buldóceres de ruedas 8429.19.00.00 y 8429.52.00.00
36 Maquinarias y equipos 22101524 Excavadoras móviles 8429.52.00.00 y 8429.59.00.00
37 Maquinarias y equipos 22101525 Excavadoras de ruedas 8429.52.00.00 y 8429.59.00.00
38 Maquinarias y equipos 22101526 Excavadoras de orugas 8429.52.00.00 y 8429.59.00.00
39 Maquinarias y equipos 22101528 Cargadores de ruedas 8429.51.00.00 y 8429.52.00.00
40 Maquinarias y equipos 22101529 Cargadores sobre patines con dirección 8429.51.00.00 y 8429.52.00.00
41 Maquinarias y equipos 22101530 Raspadores abiertos 8429.30.00.00 y 8429.52.00.00
42 Maquinarias y equipos 22101532 Cargadores de orugas 8429.51.00.00 y 8429.52.00.00
43 Maquinarias y equipos 22101534 Excavadoras de campaña 8429.52.00.00 y 8429.59.00.00
44 Maquinarias y equipos 22101602 Equipo de apisonamiento 8429.40.00.00 y 8429.52.00.00
45 Maquinarias y equipos 22101701 Palas excavadoras 8429.52.00.00 y 8429.59.00.00
46 Maquinarias y equipos 22101702 Palas mecánicas para movimiento de tierra, piezas o accesorios 8429.52.00.00 y 8429.59.00.00
47 Maquinarias y equipos 22101713 Brazo de retroexcavadora o secciones del brazo 8429.52.00.00 y 8429.59.00.00
48 Maquinarias y equipos 22101714 Kits de reparación o piezas de apisonadora 8429.40.00.00
49 Maquinarias y equipos 25181709 Pala cargadora 8429.51.00.00 y 8429.52.00.00
50 Maquinarias y equipos 26111600 Generadores de potencia 8502.11.10.00, 8502.11.90.00, 8502.12.10.00, 8502.12.90.00, 8502.13.10.00, 8502.13.90.00, 8502.20.10.00, 8502.20.90.00, 8502.39.10.00 y 8502.39.90.00
51 Maquinarias y equipos 26111603 Generadores eólicos 8502.31.00.00
52 Maquinarias y equipos 39121013 Convertidores rotativos eléctricos 8502.40.00.00
53 Maquinarias y equipos 40151530 Bombas de dragado 8905.10.00.00
54 Otros bienes 12352104 Alcoholes o sus sustitutos 2207.10.00.00, 2207.20.00.10, 2207.20.00.90 y 2208.90.10.00
55 Otros bienes 50161509 Azúcares naturales o productos endulzantes 1701.13.00.00, 1701.14.00.00, 1701.91.00.00, 1701.99.90.00 y 1703.10.00.00
56 Otros bienes 50221101 Grano de cereal 1006.20.00.00, 1006.30.00.00, 1006.40.00.00 y 2302.20.00.00
57 Servicios 71101710 Servicio de alquiler o leasing de maquinaria y equipo para minería
58 Servicios 72141701 Servicio de alquiler o leasing de maquinaria para construcción
59 Servicios 72141702 Servicio de alquiler o leasing de equipo para construcción
60 Servicios 73121509 Servicios de purificación de metales
61 Servicios 73121613 Servicios de fundición de metales
62 Servicios 73121500 Procesos de fundición, refinación y formado de metales

Cuadro 3: Anexo 25.2 – Bienes sujetos a detracción

N.° Código de Producto SUNAT Bien sujeto a detracción
1 10171503 Harina, polvo y pellets de pescado, crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos
2 11101600 Minerales metálicos no auríferos
3 11101714 Plomo
4 11111600 Piedra
5 11111700 Arena
6 11121600 Madera
7 11140000 Chatarra y materiales de desecho
8 50111500 Carnes y despojos comestibles
9 50120000 Recursos hidrobiológicos
10 50151600 Aceite de pescado
11 50161509 Caña de azúcar
12 50171500 Páprika
13 50203205 Leche cruda entera
14 50403200 Maíz amarillo
15 11111111 Bienes gravados con el IGV por renuncia a la exoneración

Cuadro 4: Anexo 25.3 – Bienes sujetos a percepción

N.° Código de Producto SUNAT Bien sujeto a percepción
1 12142104 Dióxido de carbono
2 13111039 Poli tereftalato de etileno sin adición de dióxido de titanio, en formas primarias
3 13102020 Envases o preformas de poli tereftalato de etileno PET
4 15101502 Kerosene
5 15101504 Combustible para aviación
6 15101509 Combustible de uso marino, bunker
7 15111510 Gas licuado de petróleo
8 24122000 Bombonas, botellas, frascos, bocales, tarros, envases tubulares, ampollas y demás recipientes de vidrio para transporte o envasado
9 24122004 Tapones, tapas, cápsulas y demás dispositivos de cierre
10 24122004 Tapones y tapas, cápsulas para botellas, tapones roscados, sobretapas, precintos y accesorios de metal común para envases
11 50202201 Cerveza de malta
12 50202300 Agua, incluida el agua mineral natural o artificial, y demás bebidas no alcohólicas
13 50221002 Harina de trigo o de morcajo, tranquillón
14 50221110 Trigo y morcajo, tranquillón

¿Qué empresas deben revisar esta actualización?

Esta actualización debe ser revisada especialmente por empresas que emiten comprobantes electrónicos y comercializan bienes o servicios vinculados con los anexos 25.1, 25.2 y 25.3.

Entre los sectores que deben prestar mayor atención se encuentran:

  • Empresas mineras o proveedoras del sector minero.
  • Empresas vinculadas a construcción.
  • Negocios que comercializan combustibles.
  • Empresas que venden bienes sujetos a detracción.
  • Empresas que venden bienes sujetos a percepción.
  • Negocios que utilizan sistemas propios de facturación electrónica.
  • Empresas que trabajan con ERP, integraciones API o plataformas externas de emisión electrónica.
  • Empresas que comercializan productos como madera, chatarra, recursos hidrobiológicos, carnes, harina, agua, cerveza, envases, GLP, kerosene, entre otros.

También es importante que las empresas revisen sus sistemas internos, ya que el problema no solo puede estar en el área contable, sino también en la configuración del sistema de facturación, el catálogo de productos o la integración tecnológica utilizada para emitir comprobantes.

Cuadro 5: Riesgos por no actualizar el Código de Producto SUNAT

Error frecuente Consecuencia para la empresa Recomendación
No registrar el Código de Producto SUNAT cuando corresponde El comprobante electrónico podría ser rechazado por la validación del sistema. Revisar si los productos o servicios de la empresa están dentro de los anexos 25.1, 25.2 o 25.3.
Usar un código distinto al producto vendido Puede generar observaciones, rechazos o inconsistencias en la información enviada a SUNAT. Validar cada código con el catálogo interno y con el sistema de facturación.
No actualizar el sistema de facturación electrónica Se pueden presentar errores repetitivos en facturas, boletas o notas electrónicas. Coordinar con el proveedor del sistema, ERP o plataforma de facturación.
Esperar hasta agosto de 2026 para hacer la revisión La empresa podría tener retrasos en la emisión de comprobantes desde la entrada en vigencia. Realizar pruebas antes del 1 de agosto de 2026.
No capacitar al personal encargado de facturación Aumenta el riesgo de errores operativos al emitir comprobantes. Comunicar los cambios al equipo administrativo, contable y de ventas.

¿Qué deben hacer las empresas antes del 1 de agosto de 2026?

Antes de la entrada en vigencia de estas nuevas validaciones, las empresas deben realizar una revisión preventiva de sus productos y servicios. Esta revisión debe incluir tanto el aspecto tributario como la configuración del sistema de facturación electrónica.

No basta con conocer la norma o el cambio. También es necesario verificar que el sistema usado para emitir comprobantes permita registrar correctamente el Código de Producto SUNAT y que el personal encargado sepa cuándo corresponde utilizarlo.

Cuadro 6: Checklist para empresas antes del 1 de agosto de 2026

Paso Acción recomendada Área responsable
1 Revisar si la empresa comercializa bienes o servicios incluidos en los anexos 25.1, 25.2 o 25.3. Contabilidad / Administración
2 Comparar el catálogo interno de productos con los nuevos códigos del Catálogo N.° 25. Contabilidad / Sistemas
3 Actualizar los códigos en el sistema de facturación electrónica, ERP o integración API. Sistemas / Proveedor tecnológico
4 Realizar pruebas de emisión antes de la fecha de vigencia. Facturación / Sistemas
5 Capacitar al personal encargado de emitir facturas, boletas y notas electrónicas. Administración / Contabilidad
6 Mantener evidencia de las revisiones realizadas y de los cambios aplicados. Contabilidad / Gerencia

Recomendación de AYM Asesores Contables

Desde AYM Asesores Contables, recomendamos a las empresas no esperar hasta el último momento para revisar esta actualización. Si tu negocio comercializa bienes sujetos a detracción, percepción o productos incluidos en los nuevos anexos del Catálogo N.° 25, es importante validar la información de tus comprobantes electrónicos y actualizar tu sistema de facturación con anticipación.

Una revisión preventiva puede ayudarte a evitar rechazos de comprobantes electrónicos, retrasos en la facturación y posibles contingencias tributarias.

Si tienes dudas sobre cómo esta actualización puede afectar a tu empresa, revisa tu catálogo de productos, valida tus códigos y consulta con un especialista contable antes de la entrada en vigencia.

Conclusión

La actualización del Código de Producto SUNAT representa un cambio importante para las empresas que emiten comprobantes electrónicos. Desde el 1 de agosto de 2026, los bienes y servicios comprendidos en los anexos 25.1, 25.2 y 25.3 deberán ser identificados correctamente para evitar rechazos en la emisión electrónica.

Por ello, es recomendable actuar con anticipación, revisar el catálogo interno, coordinar con el proveedor del sistema de facturación y capacitar al equipo encargado.

En materia tributaria, prevenir siempre será mejor que corregir después de que el comprobante ya fue rechazado.

Fuente: SUNAT – Catálogo N.° 25 Código de Producto SUNAT / Actualización de reglas de validación para comprobantes electrónicos.

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