Los cambios en los regímenes tributarios volvieron al centro de la discusión luego de que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) planteara revisar la forma en que las pequeñas empresas pagan el Impuesto a la Renta.
El ministro de Economía y Finanzas, Elmer Cuba, adelantó que la intención es avanzar hacia un sistema en el que las empresas tributen principalmente sobre la renta o ganancia obtenida, y no simplemente sobre sus ventas. El cuestionamiento se dirige especialmente al actual Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER).
Sin embargo, hay un punto que debe quedar claro desde el inicio: el RER no ha sido eliminado y las reglas actuales continúan vigentes. Hasta el momento, lo anunciado corresponde a una propuesta de reforma y todavía no existe una norma que establezca cómo quedaría el nuevo sistema.
¿Por qué el MEF plantea cambios en los regímenes tributarios?
Actualmente, no todos los negocios calculan el Impuesto a la Renta de la misma manera.
En el Régimen Especial de Renta (RER), el contribuyente paga mensualmente el equivalente al 1.5 % de sus ingresos netos mensuales, independientemente del nivel de gastos o de la utilidad que haya obtenido durante ese periodo.
Ese mecanismo es precisamente uno de los puntos cuestionados por el MEF.
La idea planteada es que la tributación empresarial pueda acercarse más a la ganancia real del negocio, es decir, al resultado obtenido después de considerar los costos y gastos que correspondan.
El ministro Elmer Cuba señaló que el objetivo sería ordenar el sistema bajo una lógica basada en rentas y no en ventas.
Ventas no es lo mismo que ganancias
La diferencia es importante.
Imaginemos dos empresas que venden S/ 30,000 al mes.
La primera tiene costos y gastos por S/ 15,000, mientras que la segunda necesita gastar S/ 27,000 para generar el mismo nivel de ventas.
Aunque ambas facturen exactamente lo mismo, sus ganancias son muy diferentes.
Bajo un sistema que aplica un porcentaje directamente sobre los ingresos, esa diferencia no necesariamente queda reflejada en el Impuesto a la Renta.
En cambio, un modelo basado en la renta busca considerar cuánto ganó efectivamente cada negocio luego de reconocer los costos y gastos permitidos.
Especialistas consultados por Gestión señalan que este cambio podría favorecer a determinadas empresas con márgenes pequeños, mientras que negocios con márgenes altos podrían enfrentar un resultado distinto. Todo dependerá de las tasas y tramos que finalmente establezca una eventual reforma.
Cambios en los regímenes tributarios: ¿qué pasa actualmente con el RER?
Por ahora, nada ha cambiado en las obligaciones vigentes del RER.
SUNAT mantiene las reglas actuales:
- El Impuesto a la Renta mensual es equivalente al 1.5 % de los ingresos netos.
- El IGV corresponde al 18 %.
- El límite de ingresos netos es de S/ 525,000 anuales.
- El límite de compras también es de S/ 525,000 al año.
- Los contribuyentes llevan Registro de Compras y Registro de Ventas.
Por lo tanto, una empresa acogida actualmente al RER debe continuar declarando y pagando sus impuestos bajo las reglas vigentes mientras no se publique una modificación normativa.
¿Los cambios en los regímenes tributarios eliminarán el RER?
Todavía no se puede afirmar.
El ministro ha cuestionado directamente el diseño del RER y ha señalado que el sistema debería orientarse hacia una tributación basada en la renta. Sin embargo, no se ha presentado todavía un diseño normativo que establezca la eliminación del régimen.
También está pendiente saber si el Gobierno reducirá la cantidad de regímenes existentes o si modificará algunos de ellos.
Actualmente, el sistema empresarial contempla, entre otros:
- Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS).
- Régimen Especial de Renta (RER).
- Régimen MYPE Tributario (RMT).
- Régimen General.
Por eso, decir en este momento que habrá un único régimen empresarial sería adelantarse a una decisión que todavía no ha sido formalizada.
¿El Régimen MYPE Tributario ya funciona sobre las ganancias?
Sí.
Esta es una diferencia importante respecto al RER.
En el Régimen MYPE Tributario (RMT), el Impuesto a la Renta anual se determina sobre la renta neta de la empresa.
Actualmente se aplica:
- 10 % sobre la renta neta anual hasta 15 UIT.
- 29.5 % por el exceso de 15 UIT.
Además, existen pagos a cuenta mensuales que posteriormente se consideran al realizar la determinación anual del impuesto.
Por esta razón, el RMT ya tiene una lógica más cercana a la propuesta de tributar según la ganancia real del negocio.
Esto no significa, sin embargo, que el MEF haya decidido convertir a todas las empresas del RER al Régimen MYPE Tributario. Ese detalle todavía no ha sido definido.
¿Cómo podrían afectar los cambios en los regímenes tributarios a las empresas?
No.
Ese es uno de los errores que se deben evitar al interpretar la propuesta.
Una empresa con muchas ventas, pero con un margen de ganancia reducido, podría encontrar favorable un sistema que considere sus costos y gastos.
Sin embargo, una empresa que tiene pocos gastos y obtiene una rentabilidad elevada podría enfrentar una carga tributaria distinta.
Por eso, el impacto dependerá de varios elementos:
- Las tasas que se establezcan.
- Los nuevos tramos de ingresos o rentas.
- Los gastos que puedan deducirse.
- Las obligaciones contables exigidas.
- El tamaño de cada empresa.
- Las reglas de transición entre un régimen y otro.
Actualmente, ninguno de estos componentes ha sido definido de manera definitiva para la eventual reforma.
Cambios en los regímenes tributarios también podrían traer más obligaciones contables
Un sistema basado en la renta puede ser más preciso, pero también exige demostrar adecuadamente los costos y gastos de la empresa.
Actualmente, una de las características del RER es su relativa simplicidad contable, ya que exige principalmente el Registro de Compras y el Registro de Ventas.
Si en el futuro el impuesto se calcula sobre la utilidad del negocio, podría cobrar todavía más importancia contar con documentación que respalde cada gasto.
Por ejemplo:
- Facturas y comprobantes electrónicos.
- Contratos.
- Órdenes de compra y de servicio.
- Constancias de pago.
- Guías de remisión cuando correspondan.
- Sustento de servicios recibidos.
- Documentación de costos.
- Registros contables actualizados.
Precisamente uno de los retos señalados por especialistas es evitar que un sistema más exacto genere una carga administrativa demasiado elevada para las micro y pequeñas empresas.
¿Cuándo podrían concretarse los cambios?
Tampoco existe una fecha exacta para la entrada en vigencia de una reforma de los regímenes.
El MEF anunció en agosto la conformación de comisiones destinadas a elaborar propuestas de reforma en distintos ámbitos, entre ellos la reducción de la evasión tributaria. El planteamiento oficial señala que las propuestas deberán desarrollarse con participación de especialistas y representantes de los sectores involucrados.
En una entrevista posterior, el ministro explicó que el trabajo de estas comisiones tendría una duración aproximada de nueve meses, dividida entre diagnóstico, discusión de políticas y elaboración de medidas concretas.
Por eso, las empresas deberían seguir la evolución de la propuesta, pero sin modificar todavía su forma de declarar impuestos por un anuncio que aún no se ha convertido en norma.
¿Qué deberían hacer las empresas desde ahora?
Aunque los cambios en los regímenes tributarios todavía están en evaluación, este debate deja una recomendación importante para cualquier negocio: conocer realmente cuánto gana.
Una empresa debería poder diferenciar claramente:
Ingresos → costos → gastos → utilidad real.
Esto permitirá evaluar con mayor facilidad cualquier futura modificación en la forma de determinar el Impuesto a la Renta.
También es recomendable:
- Mantener la contabilidad actualizada.
- Revisar que los costos y gastos tengan sustento.
- Verificar si el régimen tributario actual continúa siendo adecuado para el negocio.
- Evitar tomar decisiones basándose únicamente en anuncios o titulares.
- Estar atento a las normas que publique oficialmente el Gobierno o SUNAT.
Los cambios aún son una propuesta
El anuncio del MEF marca una posible dirección para el sistema tributario peruano: que las pequeñas empresas paguen Impuesto a la Renta considerando en mayor medida sus ganancias y no únicamente sus ventas.
Sin embargo, todavía quedan preguntas fundamentales por resolver.
¿Cuántos regímenes existirán? ¿Qué tasas se aplicarán? ¿Qué ocurrirá con el RER? ¿Habrá nuevas obligaciones contables para las pequeñas empresas?
Por ahora, esas respuestas todavía no están definidas.
Lo más importante es distinguir entre una propuesta de reforma y una norma ya vigente.
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Fuentes
- Entrevista de Gestión al ministro de Economía y Finanzas, Elmer Cuba, publicada el 10 de agosto de 2026.
- Análisis de Gestión sobre el posible impacto de la reforma, publicado el 13 de agosto de 2026.
- Información oficial de SUNAT sobre el Régimen Especial de Renta y los regímenes tributarios empresariales.
- Ministerio de Economía y Finanzas, anuncio de comisiones de reforma del 7 de agosto de 2026.


