La SUNAT ha puesto nuevamente en la mira a las denominadas empresas fantasma y anunció que intensificará durante los próximos meses la identificación de contribuyentes que emiten comprobantes de pago sin contar con capacidad real para realizar las operaciones que declaran.
La Administración Tributaria estima que hacia finales de 2026 podría completar el procedimiento de identificación de aproximadamente 3,000 empresas, vinculadas a comprobantes asociados con más de S/ 5,000 millones de crédito fiscal sospechoso.
La medida no solo afecta a quienes emiten estas facturas. También puede generar consecuencias para las empresas que contrataron con estos proveedores y utilizaron sus comprobantes para sustentar crédito fiscal del IGV, costos o gastos para efectos del Impuesto a la Renta.
Por eso, revisar a quién compra o contrata una empresa se vuelve cada vez más importante.
¿Qué está haciendo SUNAT con las empresas fantasma?
El 16 de julio de 2026, SUNAT informó que reforzará su estrategia para detectar a los llamados Sujetos sin Capacidad Operativa (SSCO).
Hasta ese momento, la entidad ya había publicado a 212 sujetos bajo esta condición. Los comprobantes emitidos por ellos habían sido registrados por 78,163 clientes como sustento de compras por aproximadamente S/ 709 millones. Según SUNAT, ya se había recuperado más de S/ 341 millones vinculados a impuestos evadidos.
La institución proyecta continuar con estas acciones durante 2026 hasta determinar alrededor de 3,000 empresas vinculadas con comprobantes que podrían haber generado crédito fiscal indebido.
Por tanto, la fiscalización de empresas fantasma no es únicamente una acción aislada. Forma parte de una estrategia de control que continuará desarrollándose durante los próximos meses.
¿Qué es un Sujeto sin Capacidad Operativa?
El término “empresa fantasma” se utiliza de manera coloquial. Sin embargo, la figura que contempla la normativa tributaria es la de Sujeto sin Capacidad Operativa o SSCO.
Según SUNAT, un SSCO es aquel que aparece como emisor de comprobantes de pago, pero no cuenta con los recursos económicos, financieros, materiales o humanos necesarios para realizar las operaciones que aparecen en dichos comprobantes.
Por ejemplo, SUNAT puede detectar situaciones como:
- Empresas que no cuentan con infraestructura adecuada para realizar las operaciones que facturan.
- Negocios sin activos suficientes para prestar los servicios o vender los bienes declarados.
- Empresas que no tienen trabajadores o personal idóneo para desarrollar sus actividades.
- Otras situaciones objetivas que evidencien que el proveedor no tenía capacidad real para efectuar las operaciones facturadas.
En otras palabras, tener RUC activo y poder emitir una factura no necesariamente demuestra que la operación que respalda ese comprobante haya ocurrido realmente.
¿Cómo afectan las empresas fantasma a sus clientes?
Este es uno de los puntos más importantes para cualquier empresa.
Cuando SUNAT atribuye de manera firme la condición de SSCO y publica al contribuyente en la relación correspondiente, se generan consecuencias tributarias que también pueden alcanzar a quienes realizaron operaciones con ese proveedor.
Las operaciones efectuadas con un SSCO pueden perder la posibilidad de:
- Utilizar el comprobante para ejercer el crédito fiscal del IGV.
- Sustentar un costo o gasto para efectos del Impuesto a la Renta.
Por lo tanto, el riesgo no termina en las empresas fantasma. Una compañía que actuó como cliente podría tener que demostrar que la operación efectivamente ocurrió.
SUNAT ya identificó facturas emitidas a más de 60 mil clientes
Antes del anuncio de julio, SUNAT ya había informado sobre un caso que muestra la magnitud del problema.
El 25 de junio de 2026 publicó una relación de 110 Sujetos sin Capacidad Operativa, cuyas resoluciones de atribución ya habían quedado firmes.
Estas empresas habían emitido:
- Más de 478 mil facturas.
- Cerca de 24 mil notas de crédito.
- 331 notas de débito.
- Comprobantes dirigidos a más de 60 mil clientes.
SUNAT estimó que el crédito fiscal que no sería reconocido superaba los S/ 1,025 millones.
Además, gran parte de los clientes pertenecía al Régimen MYPE Tributario, al Régimen Especial y al Régimen General.
Esto demuestra que el problema puede alcanzar tanto a pequeñas y medianas empresas como a organizaciones de mayor tamaño.
¿Qué ocurre si uno de tus proveedores aparece como SSCO?
Si SUNAT publica a uno de tus proveedores como Sujeto sin Capacidad Operativa, es importante revisar inmediatamente los comprobantes recibidos y las operaciones realizadas con él.
La normativa permite solicitar a SUNAT la revisión de determinados comprobantes de pago y documentos complementarios emitidos por ese proveedor.
Para ello, existe un plazo de 30 días hábiles posteriores a la publicación de la relación del SSCO.
La solicitud puede presentarse mediante la Mesa de Partes de los Centros de Servicios al Contribuyente o a través de la Mesa de Partes Virtual de SUNAT.
Posteriormente, la Administración Tributaria inicia un procedimiento de fiscalización parcial en el cual el contribuyente podrá presentar documentación para sustentar la realidad de las operaciones.
Por esta razón, revisar periódicamente la condición de los proveedores puede evitar que una empresa detecte el problema cuando el plazo para actuar ya venció.
No basta con tener una factura para sustentar una operación
Uno de los errores que pueden cometer las empresas es considerar que la existencia de una factura electrónica resulta suficiente para demostrar una compra o un servicio.
Sin embargo, ante una fiscalización, pueden ser relevantes otros documentos que permitan demostrar que la operación realmente ocurrió.
Dependiendo del tipo de actividad, resulta recomendable conservar:
- Contratos y órdenes de compra o servicio.
- Cotizaciones y comunicaciones con el proveedor.
- Guías de remisión cuando correspondan.
- Constancias de transferencia o medios de pago.
- Informes, entregables o evidencias del servicio recibido.
- Documentos que acrediten la recepción de los bienes.
- Correos electrónicos y otra documentación relacionada con la operación.
La documentación necesaria dependerá de cada caso. Por ello, el sustento debe guardar coherencia con la naturaleza, monto y características de la operación.
¿Cómo reducir el riesgo de contratar con empresas fantasma?
La prevención empieza antes de registrar la factura.
Una empresa puede establecer controles básicos para evaluar a sus proveedores antes de realizar operaciones relevantes.
1. Verifica la información del proveedor
Revisa su RUC, actividad económica, domicilio fiscal y condición registrada ante SUNAT.
Además, cuando se trate de operaciones importantes, conviene evaluar si existe coherencia entre el servicio ofrecido y la capacidad que aparentemente tiene el proveedor para realizarlo.
2. Consulta la relación de Sujetos sin Capacidad Operativa
SUNAT mantiene publicada la relación oficial de contribuyentes que han adquirido la condición de SSCO.
La consulta debería formar parte del proceso de revisión de proveedores, especialmente cuando existen operaciones de montos elevados o recurrentes.
3. Conserva evidencia de la operación
No guardes únicamente la factura.
Mantén organizada la documentación que permita demostrar qué se contrató, cómo se realizó la operación, cuándo se entregó el bien o servicio y cómo se efectuó el pago.
4. Revisa periódicamente a tus proveedores
Un proveedor puede no aparecer actualmente en la relación y ser incorporado posteriormente.
Por ello, considerando que SUNAT ha anunciado una estrategia intensiva para identificar nuevos SSCO durante 2026, realizar revisiones periódicas puede ayudar a detectar contingencias de manera oportuna.
¿Qué hacer si detectas empresas fantasma entre tus proveedores?
Si uno de tus proveedores aparece en la relación de SSCO, evita tomar decisiones únicamente sobre la base de la factura.
Primero, identifica todos los comprobantes recibidos de ese proveedor y los periodos tributarios involucrados.
Después, reúne los contratos, pagos, guías, entregables y demás documentación que permita acreditar que las operaciones fueron reales.
Finalmente, verifica la fecha en la que SUNAT publicó al proveedor. Este dato es fundamental porque el plazo para solicitar la revisión es de 30 días hábiles siguientes a dicha publicación.
Cada situación debe evaluarse individualmente, ya que las consecuencias pueden variar según la fecha de los comprobantes, la etapa de fiscalización y las acciones adoptadas por el contribuyente.
El control de proveedores será cada vez más importante
El anuncio de SUNAT muestra que durante 2026 continuará aumentando el control sobre las llamadas empresas fantasma y las operaciones que podrían utilizarse para generar crédito fiscal, costos o gastos sin sustento real.
Para las empresas, esto implica una responsabilidad adicional: ya no basta con recibir un comprobante electrónico y registrarlo contablemente.
También es necesario contar con documentación que demuestre la realidad de las operaciones y establecer procedimientos de revisión de proveedores.
Una buena prevención tributaria puede reducir el riesgo de reparos, pérdida del crédito fiscal y futuras contingencias frente a SUNAT.
¿Tu empresa está revisando correctamente a sus proveedores?
En A&M Asesores Contables podemos ayudarte a revisar la documentación de tus operaciones, identificar posibles riesgos tributarios y verificar si existen proveedores que puedan generar contingencias para tu empresa.
Si tienes dudas sobre una factura o proveedor, es mejor revisarlo antes de una fiscalización de SUNAT. Contáctanos y evaluemos tu caso.
Fuentes
- Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), información sobre Sujetos sin Capacidad Operativa y sus efectos tributarios.
- SUNAT, nota de prensa del 16 de julio de 2026 sobre la identificación de aproximadamente 3,000 empresas vinculadas a crédito fiscal sospechoso.
- SUNAT, nota de prensa del 25 de junio de 2026 sobre 110 SSCO y más de 60 mil clientes involucrados.


