El exjefe de la Sunat asegura que durante años se ha buscado reducir el tiempo de litigios, pero ahora "el fallo del Tribunal Constitucional va en dirección contraria

Luis Arias: "Con este fallo del TC, las empresas podrían pedir la devolución de sus deudas pagadas"

El exjefe de la Sunat asegura que durante años se ha buscado reducir el tiempo de litigios, pero ahora «el fallo del Tribunal Constitucional va en dirección contraria».

El exjefe de Sunat Luis Arias Minaya sostiene que el fallo del Tribunal Constitucional (TC), que prohíbe el cobro de intereses a empresas morosas, podría anticipar la devolución o reducción de las deudas que comprometen a firmas como Telefónica, Scotiabank o Cerro Verde con el Estado. Advierte un posible conflicto de interés.

¿Qué materias tributarias ha desconocido el TC?

Este fallo consiste, básicamente, en condonar intereses mediante la vía de permitir que solo sean cobrados durante un determinado plazo, que es el legal, para resolver un reclamo o apelación. Lo que es más grave aún es que no se podrán cobrar intereses una vez que la deuda en controversia llega a etapa de discusión ante el Poder Judicial. En lugar de disminuirlas, el TC incentiva prácticas como la elusión y evasión, y que los juicios se alarguen indefinidamente. A mayor duración, mayor pérdida de valor de la deuda.

¿Había jurisprudencia?

—El TC establece una regla general cuando nadie se la ha solicitado, toma una acción de amparo por cobro de intereses presentada por la empresa Maxco, que es mediana, y declara improcedente su pedido, pero luego plantea una aplicación retroactiva que trastoca el artículo 33 del Código Tributario, existente hace más de 50 años en todos los códigos del mundo.

¿Por qué resulta un fallo pernicioso para el Estado?

Esto, que parecería tener buenas intenciones como han esgrimido sus defensores, respecto a poder lograr que el Estado resuelva sus controversias a plazo, tiene un efecto totalmente contrario y dañino para la recaudación, porque no solo condona intereses a grandes empresas de manera retroactiva (lo que es inaceptable), y con un monto de condonación que según la propia Sunat asciende a S/12.000 millones, sino que, al generar un desequilibrio e inclinar la cancha en favor de las empresas que deseen litigar,  está incentivando a que estos comportamientos tributarios inadecuados aumenten.

¿Qué tipo de efectos?

En el Perú, tenemos tasas de evasión muy elevadas: la del IR es de 50%; del IGV, alrededor del 40%. Si uno lee los informes anuales del MEF, existe un potencial de aumentar la recaudación a través de la reducción de la evasión. Pero lo que hace este fallo, que es grave, termina incentivando el incumplimiento, porque buena parte del trabajo de la Sunat responde a trabajos de fiscalización, que terminan con resolución de cobro de deuda, que luego van a litigio.

¿Cómo entender esta práctica de algunas empresas de dilatar sus juicios?

Las empresas están en su derecho de hacer planificación tributaria, pasa en todo el mundo. Hay ciertas circunstancias u operaciones donde hay una duda y eligen no pagar, correr el riesgo de ir a juicio con Sunat. Es válido, aunque sería mejor que no pasara. ¿Y el Estado cómo se defiende? Con argumentos ante distintas instancias de reclamación como el Poder Judicial, y van corriendo intereses mientras dure el proceso. Pero, si estos se condonan, toda la cancha se inclina a favor de la empresa que dilata el pago y termina pagando menos. Eso no solo es negativo para la recaudación, sino para la competencia, porque esas empresas operan en mercados donde no tienen ese tipo de comportamientos.

¿Por qué resulta un fallo pernicioso para el Estado?

Esto, que parecería tener buenas intenciones como han esgrimido sus defensores, respecto a poder lograr que el Estado resuelva sus controversias a plazo, tiene un efecto totalmente contrario y dañino para la recaudación, porque no solo condona intereses a grandes empresas de manera retroactiva (lo que es inaceptable), y con un monto de condonación que según la propia Sunat asciende a S/12.000 millones, sino que, al generar un desequilibrio e inclinar la cancha en favor de las empresas que deseen litigar,  está incentivando a que estos comportamientos tributarios inadecuados aumenten.

¿Qué tipo de efectos?

En el Perú, tenemos tasas de evasión muy elevadas: la del IR es de 50%; del IGV, alrededor del 40%. Si uno lee los informes anuales del MEF, existe un potencial de aumentar la recaudación a través de la reducción de la evasión. Pero lo que hace este fallo, que es grave, termina incentivando el incumplimiento, porque buena parte del trabajo de la Sunat responde a trabajos de fiscalización, que terminan con resolución de cobro de deuda, que luego van a litigio.

¿Cómo entender esta práctica de algunas empresas de dilatar sus juicios?

El fallo llega en momentos que Telefónica se alista a pagar S/3.000 millones al Perú.

Las empresas están en su derecho de hacer planificación tributaria, pasa en todo el mundo. Hay ciertas circunstancias u operaciones donde hay una duda y eligen no pagar, correr el riesgo de ir a juicio con Sunat. Es válido, aunque sería mejor que no pasara. ¿Y el Estado cómo se defiende? Con argumentos ante distintas instancias de reclamación como el Poder Judicial, y van corriendo intereses mientras dure el proceso. Pero, si estos se condonan, toda la cancha se inclina a favor de la empresa que dilata el pago y termina pagando menos. Eso no solo es negativo para la recaudación, sino para la competencia, porque esas empresas operan en mercados donde no tienen ese tipo de comportamientos.

Pero se dice que este fallo busca favorecer a la pequeña empresa frente a la Sunat.

Las empresas están en su derecho de hacer planificación tributaria, pasa en todo el mundo. Hay ciertas circunstancias u operaciones donde hay una duda y eligen no pagar, correr el riesgo de ir a juicio con Sunat. Es válido, aunque sería mejor que no pasara. ¿Y el Estado cómo se defiende? Con argumentos ante distintas instancias de reclamación como el Poder Judicial, y van corriendo intereses mientras dure el proceso. Pero, si estos se condonan, toda la cancha se inclina a favor de la empresa que dilata el pago y termina pagando menos. Eso no solo es negativo para la recaudación, sino para la competencia, porque esas empresas operan en mercados donde no tienen ese tipo de comportamientos.

Con esta decisión, entonces, empresas como Cerro Verde, Scotiabank o Telefónica, que ya pagaron o van a pagar deudas históricas, podrían proponer una devolución?

Lo que ha hecho el TC, al condonar retroactivamente intereses, es otorgar una amnistía tributaria. Al haber incluido en la resolución la idea de que también se aplica a los casos en trámite, entonces algunas empresas pueden interpretar que pueden ir a un tribunal internacional y decir ‘mi caso sigue en trámite aunque haya pagado’, y por tanto solicitar la devolución de su dinero. Es una posibilidad abierta en una circunstancia donde, luego de varios años, se han culminado juicios con varias empresas importantes.

Fuente: https://larepublica.pe/economia/2023/02/19

CONOCE NUESTROS SERVICIOS

CONTABILIDAD Y FINANZAS

¿Te gustaría contar con una asesoría contable que no te haga perder el tiempo?

img_services.jpg

Sea cual sea la situación de tu empresa, nuestro equipo está listo para ayudarte.