Conoce tus derechos como practicante

Conoce tus derechos como practicante

La ley 28518 contempla dos tipos de prácticas: las preprofesionales (estudiantes) y las profesionales (cuando terminaron la carrera).

Con la finalidad de ser mejores profesionales muchos estudiantes realizan prácticas que les permiten conocer el mundo laboral. El hecho de no tener un título no es justificación para que se vulneren sus derechos en una empresa.

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo refiere que lo primero que debe saber el practicante es que no está obligado a trabajar horas extras. Sí tienen derecho a un seguro de salud y al descanso semanal, que será establecido por la empresa.

Sin embargo, no tendrán acceso a pago de gratificaciones, utilidades, Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) o AFP.

PAGOSAl pago que reciben los practicantes no se le llamará sueldo, si no subvención mensual y, como mínimo, será el equivalente a una Remuneración Mínima Vital (S/.750). La Ley 28158 –Modalidades formativas laborales– establece que esta retribución no estará afecta al Impuesto a la Renta u otra contribución.

CONSEJOS

1. Horas: Prácticas preprofesionales: hasta 36 horas a la semana. Las profesionales: 48 horas.

2. Tiempo: Las preprofesionales son de tiempo indefinido, las profesionales por 12 meses.

3. Vacaciones: Luego de un año de práctica, tienen derecho a 15 días de vacaciones.

4. Supervisión: Los practicantes deben tener un supervisor que revise sus labores.

5. Quejas: Si la empresa no cumple con sus derechos, llame al Ministerio de Trabajo: 630-6030.

Fuente:  https://peru21.pe/mis-finanzas/

En A&M Asesores contable te damos la asesoría laboral que tu empresa necesita. Comunícate al 994 182 769 / 993 593 123

CONOCE NUESTROS SERVICIOS

Asesoría laboral

Elaboración de planilla mensual de acuerdo a las normativas vigentes y políticas de la empresa,

img_services.jpg

Sea cual sea la situación de tu empresa, nuestro equipo está listo para ayudarte.

Síguenos